Nuestro cliente había solicitado la extensión del plazo de bonificación de la tasa por ocupación del dominio público portuario durante el plazo de prórroga de la ejecución de las obras iniciales.
Esa prórroga se produjo por causas no imputables al concesionario pero aún así la Administración portuaria primero y los tribunales económico-administrativos después señalaban que no era posible la bonificación durante el periodo de prórroga.
Ahora la Audiencia Nacional nos da la razón, señalando que la bonificación debe extenderse a todo el periodo de ejecución de la obra (incluyendo la prórroga) siempre que se derive de causas no imputables al concesionario.
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